miércoles, 31 de mayo de 2023

Plan de emergencias y plan de contingencias: ¿Cuál es la diferencia?

                                        

Existen diferencias conceptuales y metodológicas entre plan de emergencias y plan de contingencias.

Si bien es cierto que son expresiones afines entre sí, muy usadas en el contexto de la gestión de emergencias y desastres, con frecuencia se confunden. Antes de pretender establecer las diferencias conceptuales y metodológicas, es necesario dejar clara la conceptualización de los términos involucrados.

Plan de emergencia.

En el contexto de la gestión del riesgo de desastres, emergencia puede ser considerada como aquella situación que se caracteriza por la alteración o interrupción intensa y grave de las condiciones normales de funcionamiento u operación de una comunidad, una organización o un ecosistema, causada por un evento adverso o por la inminencia del mismo, que puede ser de origen socio-natural (sismos, deslizamiento, inundación), tecnológica (explosión, incendio estructural),  o antrópica (atentado terrorista, conflicto armado), entre otras, que obliga a una reacción inmediata por parte de las personas, la comunidad, las organizaciones o el Estado. Tiene efectos adversos reales o potenciales en las personas, produciendo muertes, lesiones o incapacidad, daños en los bienes materiales, en los servicios, los medios de vida, la economía, la infraestructura y al medio ambiente. (Congreso de la República, 2012).

Ejemplos de emergencias: sismos, inundaciones, incendios forestales o de cobertura vegetal, tormentas severas (tornados, huracanes, ciclones), derrames de sustancias peligrosas, atentados con explosivos, epidemias o pandemias, averías graves en instalaciones industriales o de servicios, colapso de una estructura, como un puente o un edificio, incidentes de transporte, como colisiones de vehículos, siniestros aéreos o descarrilamientos de trenes.

En este contexto un plan de emergencias es un documento que detalla las políticas, la terminología, la organización, los recursos y los métodos que deben seguirse para responder a una emergencia en un plazo de tiempo muy corto y se diseñan para prevenir, mitigar o responder ante situaciones donde se ha materializado el riesgo. Un plan de emergencias puede incluir protocolos para evacuación, procedimientos de búsqueda y rescate, primeros auxilios, protección de bienes y recursos, comunicaciones y coordinación entre entidades y organizaciones. INET (2021).

 

Plan de contingencia

 

El concepto de contingencia se refiere a un incidente anómalo que podría o no ocurrir en el futuro y que implica la existencia de un riesgo potencial. Con frecuencia se presentan de manera repentina ocasionando alteraciones en los patrones normales de una actividad y el funcionamiento de los sistemas involucrados en una comunidad o una organización. Una contingencia puede desencadenar una situación de emergencia, ya que puede obligar a la activación de procedimientos de respuesta para minimizar la magnitud de sus efectos. González, M. (2018).

 

Ejemplos de contingencia. Un retraso en la prestación de un servicio; un corte o suspensión de energía o de agua que paralice las actividades de una organización. La avería, daño y infraestructura que queda fuera de servicio de manera temporal.

 

Un plan contingencias es un plan de acción previamente documentado y socializado que está diseñado para responder a eventos anómalos inesperados o incidentes que afecten el funcionamiento de un sistema, una comunidad o una organización o al medio ambiente. Un plan de contingencia puede involucrar protocolos o procedimientos de actuación específica con responsables y recursos para la solución de la situación. Haddow, G. D., Bullock, J. A., & Coppola, D. P. (2017).

 

Ejemplo de plan de contingencia: un plan familiar de evacuación frente a sismo, un procedimiento de actuación de una empresa para hacer frente a la posibilidad de retrasos en la entrega de materiales de construcción debido a la pandemia de COVID-19; un protocolo para la actuación en el retraso en la prestación del servicio de recolección de basuras de una ciudad. Un procedimiento para la instalación de una planta eléctrica en una empresa como fuente de energía alternativo en casos de suspensión de fluido eléctrico. La actuación específica frente a la presencia inesperada de un animal silvestre en una institución.


La contingencia comprende alternativas administrativas, tecnológicas u operativas para seguir funcionando cuando se altera  un proceso, sistema o servicio. 

¿Cuál es la diferencia entre un plan de emergencias y un plan de contingencias?

 

Aunque en la práctica y en virtud de la normatividad aplicable a algunos sectores, las instituciones o empresas formulan planes de emergencias y contingencias conjuntamente y unificados en un solo documento, a los que se les denomina Plan de Emergencias y Contingencia (PEC). Un plan de emergencias y un plan de contingencias son dos tipos de planes diferentes, aunque relacionados, tienen objetivos distintos.

 

Un plan de emergencias se concentra en eventos adversos críticos que requieren una respuesta inmediata y normalmente impredecible. Los eventos de emergencia pueden incluir como ya se mencionó sismos, inundaciones, incendios, incidentes laborales, accidentes de tránsito con lesionados o derrame de sustancias peligrosas.

 

Un plan de contingencias, por otro lado, se centra en los eventos que no son de emergencia, pero que pueden tener un impacto significativo en el negocio y que suceden con mayor frecuencia, como una falla en el suministro de energía eléctrica o un corte en el suministro de agua potable o la suspensión del servicio de recolección de basuras. Un plan de contingencias establece lineamientos, procedimientos y medidas que se deben implementar para minimizar los efectos adversos de estos eventos en el negocio y permitir que la organización continúe funcionando normalmente.


La prestación de primeros auxilios en una empresa es un evento que se considera como una actuación específica en el plan de emergencias.

Conclusión.


Por lo tanto, la principal diferencia entre un plan de emergencias y un plan de contingencias radica en el tipo de evento que cada uno aborda y en su enfoque. Un plan de emergencias está diseñado para responder a incidentes que materializan eventos adversos peligrosos, mientras que un plan de contingencias se centra en asegurar que el negocio se mantenga funcionando en situaciones adversas que no necesariamente representan un peligro inmediato.


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Bibliografía

Altamiranda, D., Fernández, A., & Fidanza, I. (2021). Plan de contingencia para emergencias y desastres . Civilizar: Ciencias Sociales y Humanas, 21(41), 15-25. https://doi.org/10.22518/16578953.1657

FEMA (Agencia Federal para el Manejo de Emergencias). (2013). Continuity Guidance Circular: Continuity Planning for Non-Federal Entities (Documento No. FEMA P-938). Recuperado de https://www.fema.gov/media-library-data/20130726-1656-25045-6435/continuity_guidance_circular_20130726.pdf

Haddow, G. D., Bullock, J. A., & Coppola, D. P. (2017). Introduction to Emergency Management (6th ed.). Butterworth-Heinemann.

Lindell, M. K., Prater, C. S., & Perry, R. W. (2006). Fundamentals of Emergency Management. FEMA.

Instituto Nacional de Estándares y Tecnología (2021). Planes de emergencia. Recuperado de https://www.nist.gov/es/node/1556

González, M. (2018). Gestión Integral de Riesgos Empresariales. Revista Ciencia y Empresa, 10(4), 16-28. Recuperado de https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6724008

Pérez-Ramos, C., Pérez-Guzmán, K., & Guerra, W. (2018). El papel de la psicología en la atención a la emergencia y desastres. Revista Electrónica De Psicología Iztacala, 21(3), 29-38. Recuperado de https://www.medigraphic.com/cgi-bin/new/resumen.cgi?IDARTICULO=77063

UNICEF. (2006). Guía para el desarrollo de planes de contingencia en emergencias y desastres. https://www.unicef.org/colombia/sites/unicef.org.colombia/files/2021-09/Guia_Des_Placotac_Feb_2006.pdf


Daniel Pinzón Gómez. Profesional en gestión sanitaria y ambiental (Universidad de Antioquia, Colombia), con una maestratura en Salud Pública (Atlantic International University, EE.UU), también cuenta con estudios en Agronomía y Atención Prehospitalaria. Ha sido docente investigador de la Universidad Adventista de Colombia (UNAC), en el área de agroecología, atención prehospitalaria y de estilo de vida saludable. Miembro del grupo de investigación de Salud y Medio Ambiente de la Facultad Nacional de Salud Pública (FNSP) de la Universidad de Antioquia, Colombia. Ha liderado proyectos relacionados con gestión del riesgo de desastres, sistemas de emergencias y seguridad. Ha participado en investigación de la situación de los sistemas de servicios de emergencias médicas de Latinoamérica y el Caribe (OPS - FNSP). Ha apoyado programas humanitarios en desastres para Colombia y Haití. También ha sido Director Administrativo y de Calidad del Centro Médico Adventista de Colombia. Ha trabajado para la Alcaldía de Medellín en proyectos en salud ambiental y con la oficina de desastres de esa misma municipalidad implementando proyectos de recuperación de desastres. Desde 2014 Daniel promueve la salutogénesis desde la agroecología como una estrategia para la promoción de estilos de vida eco-saludables liderando un movimiento social llamado Amigos de la Agroecología y la Salud.

 


¿Deben las empresas seguir aplicando los protocolos COVID19 en Colombia?

Muchas empresas e instituciones en Colombia actualmente siguen implementado con rigor normativo los protocolos COVID19, los exigen a sus proveedores y contratistas a pesar de que no los necesitan y no sea obligatorio o mandatario. 

Acá les dejo un sustento técnico y normativo del porque no sería necesario aplicar estos protocolos a rigor.

La emergencia sanitaria y económica en Colombia fue levantada a través del Decreto 655 de 2022 emitido por el Gobierno Nacional. Este decreto puso fin a la medida de emergencia sanitaria que estuvo vigente desde el 12 de marzo de 2020 y permitió al gobierno implementar medidas para combatir la pandemia de COVID-19. Junto con la emergencia sanitaria, también se levantó la emergencia económica que se había declarado en mayo de 2020 para mitigar los efectos económicos de la pandemia. El mencionado Decreto 655 de 2022, publicado en el Diario Oficial el 30 de junio de 2022, levantó las medidas especiales y las facultades extraordinarias en materia sanitaria, social, económica y de orden público que se habían adoptado en el marco de la emergencia. Así las cosas, a la luz de esta norma, las medidas de bioseguridad por COVID19 impartidas para el sector productivo, económico y demás NO SON OGLIBATORIAS en la actualidad, salvo para instituciones del sector salud (IPS, centros médicos, clínicas y hospitales) y las relacionadas con el saneamiento básico (control de fauna nociva, limpieza-desinfección de superficies y manejo de residuos), las cuales están atadas a la Ley 9 de 1979  las cuales siguen y seguirán vigentes. En tal sentido, no sería mandatario mantener como obligatorio el cumplimiento de estas medidas con rigor contractual a los contratistas y proveedores de entidades públicas mediante la solicitud de informes y evidencias de su cumplimiento.

Ahora bien, la medida de levantar la emergencia no significa que se deban suspender de manera absoluta todas las medidas de prevención y autocuidado personal, ya que aún existe un riesgo residual de aparición de enfermedades infectocontagiosas. 

En tal sentido, la Resolución 555 de abril de 2023 especifica en concreto algunas medidas de prevención activas como uso obligatorio del tapabocas en algunas personas y condiciones de salud específicas así como algunas medidas de autocuidado que son mandatarias y de estricto cumplimiento. La citada norma indica que: 

Artículo 1. Uso del tapabocas. El uso del tapabocas será obligatorio para ingresar a instituciones prestadores de servicios de salud y hogares geriátricos. Se recomienda el uso de tapabocas para las personas de 60 años en adelante o aquellas con comorbilidades e inmunosupresión, así como las que presentan síntomas respiratorios. 

Artículo 2. Medidas de autocuidado. Corresponde a cada persona propender por el cuidado de sí mismo, evitando el contacto con quienes pudieren estar en situaciones de riesgo para la transmisión del virus COVID 19.  

Por lo tanto, es necesario indicar a las empresas, contratistas, proveedores sigan promoviendo y mantengan prácticas de higiene adecuadas, como.

  •  El lavado de manos de manera periódica siguiente protocolo (preferiblemente el sugerido por OMS)
  • La desinfección de superficies y procedimientos rigurosos de limpieza, orden y aseo.
  • Uso obligatorio del tapabocas (mascarilla) en las personas mayores de 60 años, igualmente aquellas que tienen síntomas respiratorios o en personas que presentan mayor riesgo por edad o compromiso sistémico, especialmente en sitios de alta aglomeración y en situaciones de contacto cercano, especialmente en momentos de alta transmisibilidad de enfermedades respiratorias.

En cuanto al uso del tapabocas también sería de uso obligatorio en lugares donde se hace manipulación de alimentos (restaurantes, cafeterías y lugares donde se manipulan alimentos), así como en los procesos de recolección de residuos (servicios de aseo público) y en instituciones de salud.

En conclusión, desde lo normativo no hay ningún protocolo COVID 19 de obligatorio cumplimiento que sea aplicable a las empresas, salvo los servicios de salud, servicios de restaurante y donde se manipulen alimentos, pero será las dependencias de abogados que mediante análisis jurídico emitan su concepto definitivo y de pertinencia frente de la exigibilidad de un protocolo COVID aplicable a las empresas. Igualmente será pertinente validar las decisiones de levantar los protocolos con los líderes de los SG-SST y las ARL.

Daniel Pinzón Gómez. Profesional en gestión sanitaria y ambiental (Universidad de Antioquia, Colombia), con una maestratura en Salud Pública, también cuenta con estudios en Agronomía y Atención Prehospitalaria. Ha sido docente investigador de la Universidad Adventista de Colombia (UNAC), en el área de agroecología, atención prehospitalaria y de estilo de vida saludable. Miembro del grupo de investigación de Salud y Medio Ambiente de la Facultad Nacional de Salud Pública (FNSP) de la Universidad de Antioquia, Colombia. Ha liderado proyectos relacionados con gestión del riesgo de desastres, sistemas de emergencias y seguridad. Ha participado en investigación de la situación de los sistemas de servicios de emergencias médicas de Latinoamérica y el Caribe (OPS - FNSP). Ha apoyado programas humanitarios en desastres para Colombia y Haití. También ha sido Director Administrativo y de Calidad del Centro Médico Adventista de Colombia. Ha trabajado para la Alcaldía de Medellín en proyectos en salud ambiental y con la oficina de desastres de esa misma municipalidad implementando proyectos de recuperación de desastres. Desde 2014 Daniel promueve la salutogénesis desde la agroecología como una estrategia para la promoción de estilos de vida eco-saludables liderando un movimiento social llamado Amigos de la Agroecología y la Salud.